Generalmente, cuando se pregunta a algún abogado que le mencione el nombre de algún jurista o abogado romano, la mayoría —por no decir casi todos— nombran a Cicerón, como si no existieran otros juristas romanos. Esto se debe al parco estudio que efectúan muchos profesionales del derecho, puesto que no suelen investigar sobre la vida de otros abogados y juristas romanos que —quizá— fueron mejores que Cicerón. De esta manera, empezaré por elaborar esta reseña biográfica sobre el jurista romano Marco Antistio Labeón.
Marco Antistio Labeón [Marcus Antistius Labeo] nació en el año 43 a. C. y fue hijo de Pacuvio Labeón[1], quien fue uno de los primeros en oponerse a Julio César. Pacuvio falleció tras la derrota de Filipos.[2]
Desde muy joven, Marco Labeón dedicaba varias horas al estudio de la filosofía, gramática,[3] literatura y dialéctica. Tuvo como maestro al abogado romano Cayo Trebacio Testa[4], de quien aprendió técnicas retóricas.
Labeón ingresa a la vida pública a una edad muy temprana. En el año 18 a. C. formaría parte de una comisión que fue encargada por Augusto, para elaborar una nueva lista de senadores romanos, la denominada lectio senatus. Al poco tiempo, sería nombrado pretor[5] y Augusto le ofreció el consulado, pero el jurista se negó[6], pues sostuvo que no tenía intenciones de pretender a otros cargos, puesto que necesitaba tiempo libre para dedicarse a su labor como jurista. Como pretor, Labeón ejerció de manera óptima su cargo, sin embargo, la antipatía del nuevo régimen romano se manifestó y empezó a colocarle ciertos obstáculos en su labor. Debido a que Labeón rechazó el consulado, sería Cayo Ateyo Capitón[7] quien tomaría ese cargo. Cayo Ateyo sería reconocido también por ser el rival de Labeón, no obstante, pese a ello, Ateyo reconoció a Marco Labeón con las siguientes palabras legum atque morum populi Romani iurisque civilis doctior adprime fuisse.[8] Con estas palabras, reafirmaría el interés culto e intelectual de Labeón, quien dedicaba su tiempo libre al estudio de la jurisprudencia, reglas y leyes antiguas.
Labeón ejerció la enseñanza del Derecho y tuvo como discípulos destacados a Nerva (padre), Celso y Próculo, precisamente, de este último optaría por su nombre para fundar la escuela proculeyana. Esta escuela tenía rivalidad con la escuela sabiniana y las diferencias entre ambas eran muy marcadas, las cuales se expresaban a través de grandes debates doctrinales y oposiciones en el razonamiento. Una clara muestra de ello, se observó en los argumentos que postulaban para concebir la noción de la mayoría de edad.[9]
Debido a su labor intelectual, Labeón empezó a ser reconocido no solo como jurista, sino como jurisconsulto[10] romano. Como resultado de sus investigaciones y lecturas, Labeón dejó escrito una gran obra con más de cuatrocientos libros. Entre sus escritos más célebres se encuentran los Libri responsorum y sus Libri epistolarum, las cuales fueron grandes ejemplos y contribuciones a la literatura jurídica romana. De esta manera, mostró sus dotes de ser un gran escritor[11] romano y producto de ello, conocemos sobre sus escritos, gracias a las citas y referencias de autores (otros juristas romanos posteriores a Labeón) como Paulo, Ulpiano y Juliano que lo mencionaban con suma autoridad.[12]
Labeón fue polémico en las discusiones que solía emplear la dialéctica, pero poseía un gran espíritu investigador (científico), lo cual lo llevó a ser reconocido por juristas medievales que también destacaron de él, su gran autoridad para las interpretaciones de las leyes y el rigor filológico-argumentativo desarrollado en la explicación de los términos edictales que plasmó en sus obras. No en vano pasó a la historia como el jurista más insigne y prominente de los primeros años del principado, puesto que con Labeón comenzó la etapa clásica del derecho romano.
Se desconoce
con exactitud la fecha de su muerte, pero reconocidos historiadores del derecho
romano sostienen que falleció en el año 20 d. C.
Autor:
David Efraín Misari Torpoco
Abogado,
docente, escritor y filósofo peruano. Docente de Redacción Jurídica, Lenguaje
Jurídico, Filosofía del Derecho y Latín Jurídico. Creador de la Teoría
Mitológica del Derecho y autor de la obra El camino del
jurista.
El Jurista Nueva Era.
Año 1 / vol. 1 / agosto-setiembre 2021
Notas:
[1] El padre de Labeón también fue jurista
y un ferviente combatiente pompeyano. Fue amigo de Bruto.
[2]
En la
batalla de Filipos (Macedonia) se enfrentaron las fuerzas de Marco Antonio y
Octavio contra las fuerzas de Marco Junio Bruto y Cayo Casio Longino (los
asesinos de Julio César) en el año 42 a. C.
[3]
El estudio de la gramática
comprendía el estudio de la filología.
[4] Uno de los abogados más
prestigiosos de su época y gran amigo de Cicerón. Se sabe que no tuvo intereses
políticos, puesto que renunció a ejercer una actividad política siguiendo las
enseñanzas de Epicuro. Se sabe que escribió varias obras dedicadas al estudio
del derecho romano, pero —lamentablemente—
ninguna se llegó a conservar.
[5] El pretor (praetor) era un magistrado romano cuya función principal consistió
en administrar justicia en la fase in iure, conceder interdictos, restitutiones in integrum y otras funciones judiciales. El
cargo de pretor se alineaba por debajo de la de cónsul.
[6]
Véase a Tácito en Anales III. LXXV. También a Pomponio
(fr. 47, Digesto I, 2).
[7] Otro gran insigne jurista romano
de la época de Augusto y Tiberio. Aparte de ocupar los cargos de cónsul y ser
nombrado senador romano, fue el fundador de la escuela sabiniana, quienes
fueron rivales directos de la escuela proculeyana dirigida —precisamente—
por Marco Labeón.
[8]
Traducción: «Fue extraordinariamente instruido en las leyes,
costumbres romanas y derecho civil».
[9]
Los
sabinianos sostuvieron que la mayoría de edad debía evaluarse mediante un
examen físico que lograra demostrar la madurez sexual del joven o la joven
romana; mientras que los proculeyanos sostuvieron que se estableciera como
mayoría de edad a partir de los catorce años para los jóvenes (varones) romanos
y los doce años para las mujeres jóvenes romanas.
[10] El
jurisconsulto era aquel que
se ocupaba del estudio y la interpretación de las leyes. Un abogado o jurista
romano muy apegado al estudio teórico del Derecho. Para llegar a ser reconocido
como jurisconsulto, debía mostrar dedicación a la investigación y lectura de la
gramática, filosofía y literatura griega. Debía dejar por escrito obras
jurídicas (libros).
[11] Pomponio sostuvo que Labeón
se dedicaba seis meses a
enseñar Derecho y los otros seis meses se retiraba para consagrarse a escribir
sus obras.
[12] Este es uno de los motivos por el cual encontramos citas y mención a
Marco Labeón en el Digesto de
Justiniano.
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